lunes, 30 de noviembre de 2015

¿Hacia un dólar constitucional?


La dolarización ha sido la forma más eficaz para lograr la estabilidad monetaria en Ecuador. Recordemos que a fines de la década de 1990, los ecuatorianos ya se habían dolarizado espontáneamente, tal como lo indica un estudio del Instituto Ecuatoriano de Economía Política que sostiene que  más del 80% de los activos financieros ya se realizaban en dólares. Lo que hizo el gobierno del Ecuador en el año 2000 fue simplemente formalizar la adopción del dólar de los Estados Unidos y facilitar la conversión del sucre al dólar. La dolarización como sistema monetario es una institución que vino de “abajo hacia arriba” y que luego fue reconocida mediante la normativa legal.

La dolarización en Ecuador permitió controlar la inflación, eliminar el riesgo cambiario y mitigar la incertidumbre generada por políticas monetarias y cambiarias inconsistentes. La estabilidad monetaria resultante de la dolarización sembró las bases para el crecimiento económico de años posteriores.

La semana pasada el ex vicepresidente Alberto Dahik planteó “elevar la dolarización a un precepto constitucional” para que no sea alterada. De esta forma, se buscaría proteger a la dolarización mediante la Constitución y evitar una salida del sistema monetario.

En el presente artículo analizo por qué la propuesta del dólar a nivel constitucional atenta contra la libertad de elección y restringe el derecho de propiedad de los ecuatorianos. Además, el hecho de tener una disposición constitucional no garantiza per se la estabilidad del sistema monetario, por lo que la recomendación constitucional no sería una solución eficaz. La mejor defensa de la dolarización es no agredirla ya sea con políticas incompatibles o con declaraciones o acciones por parte del propio Gobierno. Con un entorno institucional que promueva más confianza se podrá preservar o incluso fortalecer la estabilidad monetaria.

1.- ¿Por qué la constitución no es una solución eficaz para la dolarización?

En Ecuador la constitución no está escrita sobre piedra y por el contrario, tiene una tradición de cambio altamente dinámica. En 185 años de vida republicana se han aprobado 21 constituciones con un tiempo de vida útil de 8 años en promedio. El caudillismo y la débil institucionalidad política explican esta tradición que, en términos generales, ha servido para legitimar el poder del caudillo de turno concediendo privilegios a su favor y negar derechos a su predecesor y también al resto de la sociedad.

Este cambio permanente de la ley suprema ha desviado el verdadero objetivo de una constitución que es limitar el poder de los gobernantes y prevenir el abuso del poder por parte del Estado para proteger al individuo o a la sociedad civil.  

Aun si una mayoría de ecuatorianos considera que se deba garantizar la permanencia del dólar estadunidense en el texto constitucional, existe la posibilidad de que esta norma sea interpretada a discreción del poder político, tal como está ocurriendo con el paquete de 17 enmiendas (o reformas) constitucionales por parte de la Asamblea Nacional, entre las cuales está la reelección indefinida.

Como bien señala el profesor Franklin López Buenaño, la propuesta del dólar constitucional es “una imposición desde arriba” y es una medida anti-liberal.  Por el momento, el único beneficio que encuentro es que la normativa secundaria (como las leyes de la Asamblea Nacional, reglamentos o decretos del Ejecutivo o las resoluciones de la Junta de Regulación Monetaria y Financiera) no podría oponerse a la carta suprema. Sin embargo, como veremos más adelante, hay otras formas de preservar o fortalecer la dolarización sin tener que incurrir en un proceso de enmienda o reforma constitucional.


2.- El curso forzoso crea más incertidumbre

Una normativa a nivel constitucional o legal que determine al dólar estadounidense como moneda de curso forzoso en el territorio nacional atenta contra la libertad de elección y restringe el derecho de propiedad privada que tienen los ciudadanos.

Actualmente, el Art. 94 del Código Orgánico Monetario y Financiero vigente desde septiembre de 2014 no solo dispone que el dólar es el medio de pago y unidad de cuenta para todas las transacciones, operaciones monetarias y financieras en Ecuador, sino que también establece la facultad del Banco Central para gestionar moneda metálica nacional o electrónica equivalente o convertible a dólares.

La regulación para la operación del dinero electrónico mediante el Banco Central del Ecuador ha generado ruido e incertidumbre en el mercado, sobre todo con las normativas provenientes de la Junta de Regulación Monetaria y Financiera que inicialmente obligaba a los bancos a ser macroagentes del sistema de dinero electrónico como también por la vaga definición sobre el respaldo del dinero electrónico. Estos dos casos fueron recientemente rectificados por la misma Junta luego de que los representantes del sector financiero y líderes del sector productivo manifestaron su inconformidad con estas medidas.

Friedrich Hayek (Premio Nobel de Economía 1974) en su libro La Desnacionalización del Dinero (2da edición de 1978) comentó que el curso forzoso “es una institución forzosa y antinatural que un poder arbitrario impone a los tratos entre los hombres” y además sostiene “que cualquier ley de curso legal es por naturaleza sospechosa.”[1] Al respecto, Hayek ya advirtió que no hay necesidad de una legislación especial para declarar una moneda como curso forzoso y mas bien son los tribunales quienes tendrían la competencia para dirimir en qué moneda se realizarían los pagos ante la falta de acuerdo entre las partes.

En definitiva el curso forzoso viola el derecho que tienen las partes para acordar libre y voluntariamente el medio de pago de sus transacciones. Además, la obligación legal de usar el dólar hace que los ciudadanos pierdan motivación en vigilar el comportamiento de otras monedas y los vuelve más dependientes del Banco Central.

Ante un escenario adverso como una depreciación del dólar, el curso forzoso de una moneda impide que la población elija y adopte espontáneamente otras monedas alternativas (euro, yen, yuan, bitcoins, oro, etc.) para sus transacciones y se convierte en un obstáculo para proteger el valor de sus activos y propiedades.  Así el curso forzoso restringe la libertad y la propiedad de los ciudadanos.


3.- Conclusión

La estabilidad monetaria puede preservarse con una actitud gubernamental que llame a la prudencia y que consista en no agredir a la dolarización con declaraciones infundadas o acciones públicas que afectan la confianza de los agentes económicos y la estabilidad del sistema monetario. Incluso, la dolarización podría fortalecerse a través de políticas económicas sanas que sean compatibles con la estabilidad monetaria (baja inflación) y con el crecimiento económico sostenido.

El mes pasado la Revista Forbes entrevistó al presidente Rafael Correa sobre la situación económica y política del Ecuador en donde se trataron varios temas como la dolarización y un mensaje a los inversionistas extranjeros. El Primer mandatario concluyó que no es posible salir de la dolarización aunque también expresó que las desventajas de tener el dólar son mayores que las ventajas (certeza, estabilidad, baja inflación). Con este mensaje ambiguo sobre la dolarización, ¿cree usted que se genera confianza y se podrá atraer a nuevos inversionistas?

En conclusión, la dolarización no se garantiza con incluir en la constitución una disposición que impida el funcionamiento de otro sistema monetario, pues es probable que la propia Constitución sea modificada o enmendada según los vaivenes políticos. Finalmente, la experiencia internacional sugiere que otros países dolarizados como Estados Unidos, Panamá y El Salvador no han tenido que modificar sus constituciones para asegurar la dolarización, por lo que no hay evidencia empírica en la región que soporte el caso del dólar constitucional.


[1] Hayek, 1978, pp. 36-7.

jueves, 19 de noviembre de 2015

El timbre cambiario llama a más incertidumbre y al mercantilismo

El Gobierno nacional está analizando la propuesta del “timbre cambiario” (TIC) elaborada por el ex vicepresidente del Ecuador, Ec. Alberto Dahik, como alternativa a las salvaguardias arancelarias (sobretasas del 5% al 45 a 2.800 partidas de importaciones). En junio pasado, Dahik afirmó que el timbre cambiario no ha sido aplicado aún por ningún país.


Con el TIC se pretende dar “flexibilidad cambiaria” dentro de un sistema dolarizado. Básicamente consiste en que los cupos de importación son subastados a los importadores y su recaudo sería destinado para subsidiar a los exportadores afectados por la apreciación del dólar.
En este artículo veremos por qué el timbre cambiario no es la medida más adecuada para promover las exportaciones y el crecimiento económico. También mostraremos cómo la implementación del TIC puede crear incertidumbre y afectar la estabilidad de la dolarización. Finalmente, el mecanismo de subastas del timbre cambiario favorecerá a grandes empresas en perjuicio de pequeños y medianos importadores, lo que atenta contra la libre competencia y la libertad de elegir del consumidor ecuatoriano.

1.- ¿Por qué el Gobierno impuso las salvaguardias?
Son dos las razones del oficialismo para fijar las salvaguardias desde inicios de 2015: 1) la caída del 50% del precio internacional de petróleo con respecto a años anteriores; y 2) la apreciación del dólar estadounidense frente al resto de monedas.  El impacto de estos dos factores externos sobre la economía ecuatoriana ha resultado en una reducción de las divisas ante menores ingresos provenientes por exportaciones (petroleras y no petroleras) y un abaratamiento de las importaciones ante el mayor poder adquisitivo del dólar en el exterior.
Con las salvaguardias, las autoridades pretendían sustituir importaciones con producción nacional y favorecer a los exportadores a través del drawback (devolución de aranceles e impuestos a ciertos exportadores.
2.- Efectos de las salvaguardias
Los resultados al tercer trimestre del 2015 muestran que la situación comercial se ha empeorado con respecto al año anterior (déficit de $1.681 millones versus superávit de $527 millones) y que las sobretasas arancelarias han castigado las importaciones de materias primas e insumos, perjudicando a la producción nacional y al sector exportador al encarecer su costo de producción.
Según fuentes oficiales, hasta octubre de 2015, las salvaguardias arancelarias han generado ingresos para el fisco por $636 millones y varios exportadores afirman que el drawback ofrecido todavía no ha logrado ser implementado eficazmente.

3.- ¿Entra el timbre cambiario y salen las salvaguardias?
Considerando que las salvaguardias tienen una vigencia hasta junio de 2016, es muy probable que el Gobierno de Ecuador las sustituya por el TIC que tiene el mismo efecto restrictivo sobre las importaciones. De esta manera, el régimen cerraría el capítulo de las salvaguardias con la Organización Mundial del Comercio… para abrir uno nuevo.
Adicionalmente, dada la compleja situación de las finanzas públicas con un nuevo déficit anunciado que supera los $2.400 millones, existe la tentación de que esta medida sea utilizada como una herramienta fiscal para alimentar el Presupuesto del Estado o que los recaudos del timbre cambiario no lleguen en su totalidad al grupo de exportadores beneficiados por el subsidio. 

4.- Lo que no se ve detrás del timbre cambiario
A continuación las consecuencias no intencionadas de esta propuesta:
a.- Nueva restricción cambiaria para sustituir restricción comercial. El timbre cambiario no promueve la productividad y no mejora la competitividad sistémica. Consiste en un subsidio financiado por el sector importador para favorecer a ciertos exportadores. La asignación de recursos dependerá de la capacidad de cabildeo y negociación política de los gremios, todo esto acentuado por el calendario electoral de 2017. Por ende el TIC no contribuye al crecimiento económico sostenido y conlleva a prácticas mercantilistas que atentan contra el libre comercio.
b.- El timbre cambiario es un sistema de control de cambios. En un sistema dolarizado, el timbre cambiario no tiene razón de ser pues la adopción del dólar como moneda oficial implica la renuncia a emitir dinero sin respaldo y a fijar los tipos de cambio. La introducción e implementación del timbre cambiario puede generar más incertidumbre que confianza en los agentes económicos. Esta medida puede tener efectos directos e indirectos sobre la banca y el sistema financiero como acelerar el retiro de depósitos y la consecuente contracción del crédito, afectando así al sector productivo. Otra consecuencia es que emergerán mercados paralelos con un dólar oficial y un dólar intervenido para los importadores.
c.- Subastas privilegian a grandes empresas. El timbre cambiario favorecerá a las grandes empresas con músculo financiero que están en condiciones de participar en las subastas y perjudica a pequeñas y medianas empresas importadoras que no están en situación de ofrecer un valor premio por su cupo actual o nuevo de importación. Así, esta medida atenta contra la libre competencia y afecta al bolsillo y la libertad del consumidor que deberá pagar más por los productos (materias primas, insumos y/o bienes finales) provenientes del exterior.
d.- Timbre cambiario: un remedio peor que la enfermedad. La salvaguardia fue concebida como una medida temporal y antes de buscar una alternativa, lo esencial es plantear la naturaleza del problema. Varios expertos sugieren que los precios bajos de petróleo (por debajo de $60-$100 por barril) seguirán en el mediano plazo mientras que el dólar mantendrá su tendencia al alza ante las políticas monetarias expansivas de la Eurozona y las perspectivas de menor crecimiento de China. Por lo tanto, el “problema externo” que afecta la economía ecuatoriana no es temporal y requiere de soluciones estructurales y no de tipo parche como las salvaguardias o el timbre cambiario. ¿Acaso cuando se deprecie el dólar se invertirá el subsidio y los exportadores tendrán que compensar a los importadores?

El problema es la falta de divisas y la solución es simple: hay que eliminar las salvaguardias y otros obstáculos al comercio, a la innovación y al emprendimiento. De esta forma se puede atraer nuevas inversiones y dinamizar la producción, el comercio y las exportaciones con la menor intervención estatal posible mediante la reducción de costos e ineficiencias que se traducen en mayor competitividad y valor agregado para todos.

En síntesis, el timbre cambiario (al igual que las salvaguardias) es una mala idea que podría convertirse en una mala política pública y con malos resultados económicos.

lunes, 9 de noviembre de 2015

Hacia una Política Fiscal Sostenible*

Coautor con Pedro Romero Alemán (mayo 2003)
Análisis del proceso presupuestario y de las finanzas públicas del Gobierno del Ecuador de 1830 - 2002
Disponible en: http://www.dspace.espol.edu.ec/bitstream/123456789/3528/1/6055.pdf

Las Ciudades del Futuro*


Los historiadores Rondo Cameron y Larry Neal (2003) señalan que el crecimiento de las ciudades en el siglo XX surgió principalmente como resultado de la migración interna proveniente de la población de áreas rurales y pequeños pueblos en búsqueda de mayores oportunidades y libertad de la ciudad.[1]  En este sentido, ¿qué sucede cuando las ciudades no son capaces de brindar suficientes oportunidades (empleos, bienes y servicios públicos o privados, etc.) o cuando éstas no pueden impulsar un crecimiento económico sostenido para sus habitantes?

A continuación se presentan tres alternativas para el futuro de las ciudades: 1) las Zonas Económicas Especiales implementadas en China desde 1980; 2) el proyecto de “Ciudades Modelos” (Chartered Cities) liderado por el Profesor Paul Romer de la Universidad de Nueva York y que se implementaría en unos meses en Honduras; y 3) la iniciativa Startup Cities impulsada por la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala.



Zonas Económicas Especiales (ZEE)

En 1978, el líder chino Deng Xiaoping visitó Bangkok, Kuala Lumpur y Singapur y vio tres ciudades modernas que habían alcanzado prosperar mediante el comercio exterior y el desarrollo de proyectos urbanísticos y de infraestructura a gran escala, financiados por capital foráneo, en donde además se establecieron zonas de desarrollo industrial y tecnológico. Meses después, el Comité Central del Partido Comunista Chino resolvió aprobar una Reforma de Apertura Económica que marcó positivamente el futuro de China.  En 1980 se establecieron las Zonas Económicas Especiales orientadas a atraer inversión extranjera, promover el desarrollo tecnológico e industrial, eliminar regulaciones burocráticas y flexibilizar el sistema impositivo / arancelario con el fin de estimular el crecimiento económico y el comercio exterior, tanto en ciudades costeras como del interior de China. 

Inicialmente fueron 5 zonas beneficiadas bajo este régimen especial (Shenzhen, Zhuhai Shantou, Xiamen y la provincia de Hainan), en 1984 se extendió a otras 14 ciudades costeras y posteriormente se amplió el alcance a otras zonas, ciudades fronterizas y del interior de China. Según fuentes oficiales, existen unas 15 zonas de libre comercio, 32 zonas de desarrollo tecnológico y 53 zonas de desarrollo industrial de alta tecnología.[2] Algunos estudios revelan que el impacto económico en las ciudades beneficiadas con las ZEE, además de aumentar la tasa de productividad y el stock de capital, generan mayores incrementos de ingresos de los trabajadores comparados con el incremento del costo de vida.[3]



Ciudades Modelo (Chartered Cities) próximamente en Honduras

Este proyecto liderado por Paul Romer, economista de la Universidad de Nueva York,  plantea extender el concepto de zona económica especial a un área de mayor extensión para acoger millones de trabajadores y residentes. Además incluye una administración territorial independiente para el velar por el cumplimiento de normas, leyes y contratos.[4]   Esta propuesta requiere que un país proporcione un área actualmente inhabitada y el capital humano, que el sector privado gestione el financiamiento para la construcción,  urbanización, y desarrollo de la nueva infraestructura de la ciudad, y que la ciudad defina las reglas o marco institucional a aplicarse en su territorio. Todo esto orientado en una economía de mercado y reglas claras para la inversión y los negocios.

En enero de 2013, el Congreso hondureño aprobó una reforma constitucional para el establecimiento de las Regiones Especiales de Desarrollo (RED) que buscan crear de manera gradual  unas  200.000 nuevas fuentes de trabajo en unos 4 años.  La primera ciudad modelo será desarrollada en el Valle de Sula y se estima una inversión prevista de 15.000 millones de dólares.[5]



Ciudades “Emprendedoras” (Startup Cities)

StartupCities es una iniciativa de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y  está basada en las zonas económicas especiales pero con énfasis en dar facilidades al emprendimiento para erradicar la pobreza y la informalidad, adoptar un marco regulatorio mínimo, transparente y con responsabilidad (governance), y promover la competencia entre ciudades para ofrecer mayores oportunidades para mejorar la calidad de vida de los habitantes.[6]



Conclusión

En resumen, estas alternativas comparten cuatro factores en común: 1) una visión o idea diferenciada (ZEE / Chartered Cities / Startup Cities); 2) una teoría adecuada sobre el funcionamiento real de la economía y el proceso de mercado (aunque los chinos simplemente lo llamen “pragmatismo”); 3) decisión política para iniciar una reforma institucional; y 4) voluntad para llevar a cabo la idea inicial. 

Estos tres casos, uno ya implementado, otro por implementar y otro en evolución, ofrecen una perspectiva esperanzadora para las ciudades del siglo XXI comparada con los modelos de gestión tradicionales caracterizados por un intensivo financiamiento gubernamental tanto para infraestructura como provisión de bienes y servicios públicos, excesivas, costosas  e ineficaces regulaciones que desincentivan el espíritu emprendedor y el crecimiento económico real y potencial, y por su incapacidad legal para establecer reformas institucionales en su jurisdicción.

¿Debemos conformarnos con el buen vivir cuando tenemos la capacidad de construir un futuro para vivir mejor? Pues eso depende de cada uno de nosotros para atrevernos a soñar, pensar, actuar y hacer del futuro una realidad.



*Artículo publicado en la Revista de la Cámara de Industrias de Guayaquil (Julio 2013), disponible en: http://issuu.com/industrias/docs/revista_industrias_julio_2013_final?e=0/3978010 
[1] A Concise Economic History of the World. From Paleolithic Times to the Present (2003), p. 320.
[2] http://www.china.org.cn/e-china/openingup/sez.htm
[3] Véase Jin Wang “The Economic Impact of Special Economic Zones: Evidence from Chinese Municipalities” (2009 y 2013).
[5] http://www.laprensa.hn/Secciones-Principales/Honduras/San-Pedro-Sula/El-Valle-de-Sula-escogido-para-ciudad-modelo

Rafael Correa anunció que regulará consumo excesivo de agua

En el Enlace Ciudadano No. 449, el presidente Rafael Correa anunció que el Gobierno cobrará en el 2017 una tarifa de agua cruda por el consumo excesivo del líquido vital. Correa justificó este cobro ante dos hechos: 1) que el Gobierno Central es responsable del mantenimiento e inversiones de la cuenca hídrica, así como de la regulación y control del agua; y 2) que los municipios no pagan por la captación de agua cruda que luego es tratada para consumo humano.
Las críticas de Correa apuntaron a la gestión del agua potable pues en muchos municipios no se cobra el agua potable o es muy barata y a través de esta medida se busca evitar el desperdicio. El Primer Mandatario sostuvo que esta tarifa “no tiene fines recaudatorios”. Además fue enfático al señalar que las industrias y el sector productivo deberán pagar una tarifa más alta por el agua al ser un insumo de producción y no un derecho humano.
Adicionalmente, Carlos Bernal, Secretario Nacional del Agua, recalcó que la cobertura de acceso de agua potable llega al 90% pero la recolección de aguas servidas es apenas del 10% de la cual solo la mitad tiene tratamiento.

1) Nuevo impuesto al consumo de agua afectará a sector productivo
La propuesta del Gobierno Nacional consiste en calcular el consumo de agua por persona y sobre el exceso cobrar una tarifa a las empresas prestadoras de agua potable. Correa anunció que se aplicaría una tarifa de US$ 0,02 o 0,06 por m3 que supere el excedente según el tipo de infraestructura (local o estatal) que provea el agua cruda.
Según la propuesta de tarifa, la empresa prestadora de Guayaquil pagaría unos $15 millones por año mientras que la de Quito unos $3 millones al año. El Secretario del Agua agregó que el año 2016 se utilizará como base hasta que entre en vigencia en el 2017.
Si bien los sujetos de este impuesto son las empresas operadoras de agua potable, estas trasladarán su carga final a los usuarios. El impacto directo será para los grandes consumidores que generalmente destinan su uso a actividades productivas. Estas a su vez transferirán el incremento de costos a los precios de sus productos. De esta manera, esta medida le restaría competitividad al sector productivo.
Por otra parte, utilizar solamente los datos del año 2016 como referencial para definir el consumo vital podría generar algunas distorsiones. Lo más adecuado sería disponer de una serie de datos con varios años para identificar los efectos de estacionalidad y su tendencia. También hay que tener en cuenta que el 2016 será un año de muy bajo desempeño económico e incluso con decrecimiento, por lo que se podría subestimar el cálculo del consumo vital.

2) Modelo de gestión del agua en Ecuador es predominante público
En Ecuador el 99% de las empresas prestadoras es pública (municipal). Solo en Guayaquil se mantiene un sistema de concesión con un operador privado hasta el 2031 (Interagua). En Samborondón también existe participación del sector privado pero es minoritaria (Amagua -CEM).
Si bien las críticas del Presidente se enfocaron en comparar el modelo de Guayaquil con otras ciudades, vale la pena aclarar que cada ciudad aplica distintos pliegos tarifarios y tienen sistemas con sus propias particularidades lo que hace complejo su comparación. Al respecto la Asociación De Entes Reguladores de Agua y Saneamiento (ADERASA) publicó un informe comparativo de los principales operadores de agua de América Latina que incluye a Guayaquil y Quito.
Las tarifas del agua potable en Ecuador son determinadas por el Estado (a través de los concejos municipales o de las empresas públicas de agua). Además, no existen derechos de propiedad sobre el agua, lo que dificulta su valoración y transabilidad entre usuarios. En Chile, gracias al establecimiento de derechos de propiedad sobre el agua, se ha creado un mercado de aguas dinámico que permite a los usuarios negociar la disponibilidad de agua hacia sus usos más valorados.
Las principales empresas de agua del mundo utilizan una metodología para controlar el desperdicio a través de pérdidas físicas (roturas, fugas) y comerciales (subfacturación, submedición, conexiones clandestinas). Sin embargo, se requieren recursos e inversiones para rehabilitar y mantener la infraestructura de redes que está bajo tierra, así como tecnología y buenas prácticas para prevenir usos no autorizados.

3) ¿Existen otras alternativas para evitar el desperdicio?
Los impuestos y las restricciones son una salida fácil que emplean las autoridades para regular el comportamiento de una sociedad. Sin embargo, esto genera distorsiones a mediano y largo plazo y no solucionan la raíz del problema, que es la falta de definición de derechos de propiedad privada sobre el agua y los obstáculos legales para el funcionamiento de un sistema de precios.
En lugar de impuestos, existen otras formas más creativas para enfrentar este problema. El Gobierno podría ofrecer incentivos tributarios a los grandes consumidores que incorporen en sus procesos productivos prácticas y tecnologías orientadas a la reutilización, reciclaje o reducción del recurso agua.
Otra opción es permitir una mayor participación del sector privado en la gestión del agua tanto a nivel de inversiones (expansión, rehabilitación, mejoras) como también en la operación, mantenimiento y gestión comercial de los servicios. En Chile por ejemplo no hay empresas públicas o estatales, y los servicios son prestados por empresas privatizadas o concesionadas. E incluso, un estudio realizado por María Luz Domper concluye que en ese país las empresas privatizadas han tenido un mejor desempeño que las concesionadas.
Si bien la Constitución de Montecristi limita la privatización del agua en Ecuador, las empresas públicas no están prohibidas de subcontratar sus actividades con operadores privados que necesitan de capital para nuevas inversiones y mejorar la operación y eficiencia en la prestación de los servicios.
Finalmente, los mejores resultados en gestión del agua los ha obtenido Chile que tiene las más altas coberturas de acceso a agua potable y de tratamiento de aguas servidas en América Latina y donde el desperdicio se desincentiva a través del sistema de precios.